Morelos: Denuncian a médicos por realizar una cirugía que produjo diversas complicaciones

Publicado el diciembre 10, 2011, Bajo Nacional, Autor @gabriel_Mzuma.

Dulce Maya/ La Jornada Morelos/ 10 diciembre 2011.

* En una resolución que sienta precedente para casos similares, un juez de distrito de Morelos negó un amparo a un nosocomio particular, al considerar que bajo ningún esquema se puede “privilegiarse el lucro sobre los derechos humanos de un paciente”, ya que “el derecho a la salud debe ser respetado inclusive por hospitales privados y su personal médico”.

Niega juez amparo a hospital privado; dictamina mala praxis

La Comisión de Arbitraje Médico resolvió que la cirugía resultaba innecesaria e injustificada

Fernando Silva García, juez Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con sede en Cuernavaca, informó que la sentencia dictada en el juicio de amparo 501/201, el 22 de noviembre del 2001, determinó que el derecho a la salud debe ser respetado inclusive por hospitales privados y su personal médico.

Lo anterior, con base en el caso de una paciente con padecimientos en el colon, al que dos médicos de un hospital privado le realizaron una cirugía extirpándole parte del intestino grueso que le produjo diversas complicaciones.

En un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal, indicó que la paciente acudió a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, la cual resolvió que dicha cirugía resultaba innecesaria e injustificada, que los médicos incurrieron en mala práctica médica y ordenó el pago de daños y perjuicios.

Ante lo cual, dichos médicos solicitaron un amparo en contra de la decisión, el cual les fue negado.

De acuerdo con el texto, en la sentencia se afirma que la Secretaría de Salud es responsable de vigilar y garantizar que los hospitales privados y su personal médico realicen la prestación del servicio de salud sin que se privilegie, bajo ningún esquema operativo y organizacional, el lucro empresarial y/o personal de los médicos sobre los derechos humanos a la integridad y salud de los pacientes.

Asimismo, agregó que dicha situación actualiza mala praxis médica, así como la obligación de pago de daños y perjuicios a favor de los pacientes e inclusive, en su caso, una conducta delictuosa.

Con base en estas premisas, fue que se negó el amparo solicitado por los médicos quejosos al estimar que éstos no justificaron la necesidad de separarse de la Guía de Práctica Clínica autorizada por la Secretaría de Salud para afrontar el padecimiento de la paciente, que señala que el tratamiento debe ser únicamente conservador a través de medicamentos y la cirugía como último recurso.

Por lo mismo, indicó el CJF la sentencia convalidó la resolución reclamada y se reconoció el derecho de la paciente a exigir el pago de daños y perjuicios por la afectación a los derechos a la salud e integridad personal por causa de una cirugía innecesaria e injustificada en un hospital privado.

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