Ordenan mantener al aire spot de AMLO “Ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión”

Publicado el marzo 24, 2016, Bajo AMLO, Autor LluviadeCafe.

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revolucion 3.0 – 22 de marzo 2016

La Sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió revocar las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del segundo spot de Morena denominado “Derroche”.

Cabe destacar que la última acusación que el partido dirigido por Andrés Manuel López Obrador fue denunciado ante el INE por Edmundo Said Chevalier Alcázar, quien aseguró que la aparición del tabasqueño constituye un llamado expreso al voto.

Anteriormente, el quejoso presentó la denuncia y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó suspender los spots del líder de Morena.

Esta persona tiene una relación sentimental con la abogada a quien autorizó para recibir notificaciones, Bárbara Karime Rivas Mejía, quien trabajó en el INE de 2011 a 2014, y todavía a principios de este año se desempeñaba como secretaria de estudio y cuenta de la sala regional Monterrey del TEPJF.

Sin embargo en sesión privada los magistrados consideraron que en este spot no constituye apología del sufragio a favor de AMLO y tampoco da lugar a considerar que se trata de una promoción personalizada o sobreexposición indebida.

“El contenido del promocional materia de análisis impone un ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión y, que dentro del contexto del debate político, adquiere un mayor margen de tolerancia a la crítica”, resolvieron y consideraron que las consejeras del INE que promovieron las medidas cautelares realizaron una valoración incorrecta del spot.

Los magistrados argumentaron que el spot “está amparado dentro de los tiempos de radio y televisión que como prerrogativa, tiene asignado el partido Morena” y López Obrador “(habla) con una referencia contundente de que lo hace en su calidad de Presidente Nacional de Morena”.

“Estamos ante una crítica aguda hacia al gobierno, construida bajo situaciones que sólo buscan externar la opinión de un instituto político respecto a cómo desde su punto de vista, se ha gastado el dinero público, así como lo que desde su parecer, se le entrega al pueblo por su voto, aseveraciones que como tales, se encuentran amparadas en el derecho a la libertad de expresión de la que goza dicho instituto político”, señala la sentencia aprobada por unanimidad en sesión privada del 22 de marzo .

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